jueves, 28 de enero de 2021

 

Campo de Carabobo    19

Pasado, proyección de presente continuo a futuro

Continuamos explorando en el Discurso pronunciado en Angostura el 15 de febrero de 1.819 por el Libertador, Simón Bolívar, ante los diputados del Congreso…           Aunque las facultades del presidente de los Estados Unidos están limitadas con restricciones excesivas, ejerce por sí solo todas las funciones gubernativas que la constitución le atribuye y es indubitable que su administración debe ser más uniforme, constante y verdaderamente propia que la de un poder diseminado entre varios individuos, cuyo compuesto no puede ser menos que monstruoso. El poder judiciario en Venezuela es semejante al americano, indefinido en duración, temporal y no vitalicio, goza de toda la independencia que le corresponde. El primer congreso en su constitución federal consultó más el espíritu de las provincias, que la idea sólida de formar una república indivisible y central. Aquí cedieron nuestros legisladores al empeño inconsiderado de aquellos provinciales seducidos por el deslumbrante brillo de la felicidad del pueblo americano, pensando que las bendiciones de que goza son debidas exclusivamente a la forma de gobierno, y no al carácter y costumbre de los ciudadanos. Y, en efecto, el ejemplo de los Estados Unidos, por su peregrina prosperidad, era demasiado lisonjero para que no fuese seguido. ¿Quién puede resistir el atractivo victorioso del goce pleno y absoluto de la soberanía, de la independencia, de la libertad? ¿Quién puede resistir al amor que inspira un gobierno inteligente que liga a un mismo tiempo los derechos particulares a los derechos generales; que forma de la voluntad común la ley suprema de la voluntad individual? ¿Quién puede resistir al imperio de un gobierno bienhechor que con una mano hábil, activa y poderosa, dirige siempre y en todas partes, todos sus resortes hacia la perfección social, que es el fin único de las instituciones humanas?

*Ortografía actualizada por Adelfo Morillo.

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